Por el hackeo a Diego Santilli, indagaron al joven que reconoció el ataque informático a Marcelo D’Alessandro

El joven misionero que reconoció haber vulnerado las comunicaciones del exministro de Seguridad porteño Marcelo D’Alessandro declaró hoy ante la Justicia federal en la causa que investiga el hackeo al celular del diputado nacional de Juntos por el Cambio Diego Santilli y se reconoció como el supuesto ejecutor de la maniobra.

El imputado explicó otra vez que fue a pedido de personas que lo contactaron por Telegram y le pagaron a través de billeteras virtuales, a las que no puede identificar.

Se trata de Elías Ezequiel Nuñes Pinheiro (22), quien declaró ante la jueza federal María Servini y el fiscal Federico Delgado, que antes lo habían tenido por testigo, cuando reconstruyeron la maniobra de «SIM Swap», pero luego lo convocaron en calidad de imputado tras el avance de la causa en la que se investigó el hackeo a D’Alessandro.

Mientras estaba siendo indagado en el marco del caso Santilli, la defensa de Nuñes Pinhiero se anotició de la posibilidad de una nueva citación: el fiscal Gerardo Pollicita le pidió al juez Marcelo Martínez de Giorgi que lo indague por los hackeos o intentos de hackeo a los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

«Se encuentra acreditado con elementos probatorios objetivos que fue él quien creó los usuarios de Nosis y obtuvo los informes comerciales, utilizó los datos obtenidos ilegítimamente del Renaper, ingresó las tarjetas SIM en los equipos telefónicos, obtuvo el control de las líneas mediante el sistema de autogestión de Movistar y consiguió los códigos de activación de las aplicaciones de comunicaciones de los señores magistrados del Poder Judicial de la Nación, doctores Mariano Borinsky, Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Gustavo Hornos», sostuvo el fiscal Polillita.

La defensa de Nuñes Pinheiro, a cargo del abogado Sebastián Noguera y Marcos Kapko, realizará en los próximos días una presentación para reclamar que se unifiquen todas las causas que tienen al joven misionero como imputado.

La maniobra que se le achaca a Nuñes Pinheiro en los distintos expedientes tiene que ver con conseguir una tarjeta SIM vacía, contactarse con la compañía de telefonía celular de la persona a la que se quiere hackear y hacerse pasar por la víctima para solicitar la reactivación de la línea bajo la excusa de que el celular fue robado o extraviado.

Desde la defensa del imputado señalaron que él hacía esas gestiones para conseguir acceso a las líneas telefónicas que le encargaban por Telegram, pero enfatizaron que luego facilitaba las claves de acceso a quienes lo contrataban por esa vía y que no accedía el a las comunicaciones de las líneas vulneradas.

Para esas maniobras se sirvió de información extraída de Nosis y del Renaper, a través de un acceso ilegal, que le permitieron responder las trivias que utilizan las compañías de telefonía como filtro antes de habilitar la reactivación de una línea.

Ante la jueza Servini, en la indagatoria de hoy, el joven se hizo cargo de que, por la prueba que le exhibieron, debió haber sido él quien vulneró las comunicaciones de Santilli, aunque desde su defensa explicaron a Télam que no recordaba con exactitud ese nombre, mas sí el de Giménez Uriburu, caso que se investiga en el otro expediente.

En su declaración ante la justicia porteña, en el marco del Caso D’Alessandro, que ya pasó a Comodoro Py, había declarado: «Recuerdo con claridad haber consultado a Diego César Santilli y a Uriburu, pero con relación al resto no puedo recordar con precisión. De todos modos, probablemente los consulté yo en Nosis e hice los recuperos de línea».

En las distintas causas que tramitan ante el fuero federal porteño se busca determinar quién contrató a Nuñes Pinheiro para que vulnerara las comunicaciones de las personas afectadas.

Entre los delitos que se le endilgan al imputado en las distintas causas están el acceso indebido a comunicaciones electrónicas privadas (artículo 153 del Código Penal), acceso ilegítimo a bancos de datos personales (articulo157 bis inciso 1° del CP) y estafa en tentativa (artículo 172 del CP).

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