A través del Decreto 652/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial el Gobierno reglamentó el Impuesto a las Ganancias con la restitución de la cuarta categoría aprobada a finales de junio como parte del paquete fiscal que trató el Congreso.
El impuesto comenzará a regir en julio y se verá reflejado en los sueldos que se percibirán durante los primeros días de agosto. Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores, hasta ahora exentos, comenzarán a pagar el tributo en alícuotas de entre el 5 y el 35 por ciento.
Casi un millón de trabajadores se verán afectado por el impuesto que mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros, aproximadamente $1,5 millón netos; y $2,2 millones para personas con dos hijos, unos $1,95 netos.
Los descuentos obligatorios (de jubilación, obra social y ley 19.032) que se efectúan sobre las remuneraciones están sujetos a topes que se definen mensualmente.
Para junio de 2024, la base imponible tope es de $2.265.033,81.
–Soltero: Remuneración Bruta: $1.800.000; Remuneración Neta: $1.494.000
–Soltero con 2 hijos: Remuneración Bruta: $2.094.798; Remuneración Neta: $1.738.682,34.
–Casado con 2 hijos: Remuneración Bruta: $2.366.333; Remuneración Neta: $1.981.277,25.
Los Cambios:
-Se vuelve a un esquema de impuesto con carácter progresivo: quien gana menos paga menos.
-Se eliminó un conjunto de tratamientos diferenciales que hacía que personas con el mismo sueldo dependiendo de dónde vivían, o a qué actividad se dedicaban, pagaran impuestos diferentes.
-Se ampliaron los tramos del impuesto para que la carga se vaya incrementando en la medida que los ingresos aumenten en forma significativa. Antes se pasaba de no pagar a pagar aproximadamente un 30%. Ahora hay una escala de alícuotas que va desde el 5% hasta el 35%.
