El ministro de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, Gabino Tapia, anunció que presentará a título personal un pedido de juicio político contra la jueza penal juvenil de primera instancia, Laura Beatriz De Marinis. La medida responde a la indignación del Ejecutivo porteño ante el fallo de la magistrada, quien declaró la inconstitucionalidad de la baja de la edad de imputabilidad en un caso específico, dictando el sobreseimiento de un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo
La tensión institucional pone de manifiesto dos posturas contrapuestas respecto a la aplicación de la Ley 27.801 del Régimen Penal Juvenil. A continuación, se detallan los argumentos de ambas partes:
El motivo de la jueza Laura De Marinis
Principio de no regresividad: La magistrada sostuvo que aplicar el artículo 1 de la Ley 27.801 en este caso concreto resulta una medida «regresiva» para los derechos del menor. Argumentó que, antes de la vigencia de la nueva norma, el Estado responsabilizaba a los menores de 16 años pero no los perseguía penalmente, derivándolos en su lugar al sistema de protección integral.
El encierro como último recurso: De Marinis señaló que la incorporación de un menor al sistema penal debe ser el último recurso del Estado y no el primero dentro de sus «trayectorias vitales». Aseguró que su fallo no busca «romantizar la infracción penal juvenil», sino remarcar que el encierro o la persecución penal en este contexto contradice garantías fundamentales.
El motivo del ministro de Justicia, Gabino Tapia
Invasión de potestades legislativas: El ministro Tapia argumentó de forma tajante que los jueces «no están para interpretar la ley» ni para «ningunear» el debate y las decisiones del Congreso de la Nación. Afirmó que la modificación penal que permite juzgar a adolescentes de entre 14 y 16 años es una facultad plenamente legislativa.
Garantía de las herramientas del Estado: Desde la perspectiva del Gobierno porteño, la Ciudad trabajó de manera articulada durante 180 días junto a distintos ministerios y el Ministerio Público Fiscal para adecuar los protocolos y los lugares de alojamiento. Tapia defendió que la ley prevé mecanismos de contención previos y que el arresto inicial de un delincuente no se altera, sino el destino y la posterior acción judicial de derivación.
Por el momento, el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad ya apeló la resolución de la jueza. Tapia aclaró que el dictamen es de primera instancia y afecta únicamente a la causa del menor sobreseído, por lo que la ley de baja de imputabilidad continúa plenamente vigente en el territorio porteño.
