Condenan a seis años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina en Jujuy

Un hombre fue condenado a seis años de prisión efectiva por abusar sexualmente de su sobrina, mayor de edad, en un paraje rural próximo a la ciudad jujeña de Libertador General San Martín en enero del 2021, informaron hoy fuentes judiciales.

El Tribunal Criminal Nº 1 dictó la pena contra de J.A.L., quien deberá cumplir la prisión bajo la modalidad domiciliaria, al ser autor material y responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal”.

Además, la jueza Felicia Barrios -presidenta de trámite- y el juez Luciano Yapura, conforme a la Acordada Nº 71/2008, hicieron lugar a una reparación económica acordada por las partes, que deberá ser depositada en una entidad bancaria a favor de la víctima.

También autorizaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

De acuerdo con la acusación de la fiscalía, J.A.L. fue condenado por los hechos perpetrados el 11 de enero de 2021, aproximadamente a las 3.30, cuando se encontraba consumiendo bebidas alcohólicas en su domicilio junto a sus hijos y otras personas entre las que se encontraba su sobrina.

En esas circunstancias, el hombre subió a bordo de una camioneta a la víctima con la excusa de comprar más bebidas alcohólicas, y cuando iba a subir una amiga de ésta puso en marcha el vehículo y partió del lugar por ruta nacional 34 desde Fraile Pintado en dirección a Libertador General San Martín.

Después de cruzar las vías del ferrocarril tomó por un camino enripiado hacia un paraje rural donde detuvo la marcha del vehículo.

En ese momento, la mujer descendió del rodado e intentó escapar pero resbaló y cayó, aprovechando el inculpado para abusarla sexualmente a pesar de la resistencia y la súplica de la víctima para que se detuviera.

En el veredicto, los jueces hicieron lugar al acuerdo arribado por el fiscal Marcelo Cuellar y el acusado asistido por su defensora, Mercedes Arias, para aplicar el procedimiento especial de juicio abreviado, previsto en el artículo 385 del Código Procesal Penal de la provincia.

En el acuerdo, el acusado asistido por su abogada, reconoció expresamente la existencia del hecho y su responsabilidad.

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