Diputados dio media sanción al proyecto de ley que establece la devolución del IVA

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores de menores ingresos en las compras realizadas con tarjetas.

Con el respaldo del oficialismo, bloques provinciales y de la izquierda, la iniciativa redactada y enviada por el Poder Ejecutivo obtuvo 134 votos a favor, ninguno en contra y 107 abstenciones, por lo que el proyecto de ley será girado al Senado.

En carácter de miembro informante, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, destacó que «con la devolución del IVA no hay razón para que los precios se muevan; una medida administrativa de la AFIP, que, por un lado, percibe el impuesto y, por el otro, se lo reintegra a los beneficiarios».

«Estamos convencidos de que este proyecto es superior a la idea de eximir del IVA a determinados productos, que además de generar problemas en las distintas cadenas de producción y distribución de bienes, no se termina muchas veces, en general, evidenciando en los precios de los productos, que no baja porque se elimine el IVA para esos productos», agregó el legislador oficialista.

El legislador de Evolución Radical Alejandro Cacacce anticipó el rechazo de Juntos por el Cambio al proyecto: «Nosotros estamos de acuerdo que, en medio de una crisis económica donde la pobreza es del 40%, se necesita recuperar recursos. Pero resulta que hay pobres que no son beneficiarios y hay beneficiarios que no son pobres«.

José Luis Espert, por su parte, se quejó de que «este proyecto agrega un punto de déficit fiscal adicional al que ya agregó la eliminación de la cuarta categoría de Ganancias, con lo cual el año 2024 arranca con casi cinco puntos de déficit fiscal«.

En ese sentido también se pronunció Ricardo López Murphy, al señalar que «con este proyecto de ley estamos decidiendo un descalabro fiscal que se inscribe en una inflación en ascenso a un ritmo estremecedor, aceleran la inflación y aceleran el déficit a financiar con emisión monetaria».

La iniciativa -que consta de nueve artículos- señala que la medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.

En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y asignaciones por embarazo para protección social.

Serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

El proyecto precisa también que «están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo».

El régimen reintegra el 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y mayoristas, con un tope de hasta $18.800 mensuales.

En el artículo 4 del proyecto se establece que «el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes».

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