El Gobierno nacional aclaró que el barbijo sigue siendo obligatorio en el transporte público

El Ministerio de Transporte recordó que el uso del barbijo sigue siento obligatorio en el transporte público de jurisdicción nacional, tras la recomendación del Gobierno porteño que flexibilizó su uso en espacios cerrados en ese distrito.

Fuentes de la cartera que encabeza Alexis Guerrera señalaron a Télam que «el barbijo sigue siendo obligatorio en transporte de jurisdicción nacional como el tren y el colectivo tal como establece CNRT (Comisión Nacional de Regulación del Transporte)».

«El Ministerio de Salud sigue recomendado utilizar el barbijo en espacios cerrados», agregaron los voceros.

En ese sentido, la CNRT emitió un comunicado en el que recordó los requisitos para mantener los cuidados en el transporte público de jurisdicción nacional (colectivos, micros y trenes).

«El uso del barbijo, la ventilación y desinfección son condiciones fundamentales a tener en cuenta y controlados para seguir cuidando de cada pasajero y pasajera», indicó el texto oficial.

A través de su Comité de Crisis creado por la pandemia de coronavirus, el organismo estableció de acuerdo a los parámetros del Ministerio de Salud cuáles son los requisitos que deben cumplir las empresas de transporte de jurisdicción nacional para disminuir los riesgos de contagio en estaciones, terminales, colectivos, micros y trenes.

Al respecto, en la última actualización (Disposición 225/2022 de CNRT) se estableció que continúa siendo obligatorio el uso de barbijo dentro de las unidades para pasajeros, pasajeras y el personal de conducción; la ventilación debe ser permanente y la limpieza y desinfección de los vehículos deberá realizarse antes de cada viaje.

En lo que va del año, se realizaron más de 2.200 actas de infracción a empresas por incumplimiento de los protocolos de prevención, que determinaron que las ventanillas cerradas, falta de desinfección y no uso de barbijo fueron los principales motivos de sanción.

«Se recomienda seguir cumpliendo con los requisitos establecidos para colectivos urbanos nacionales (1 a 199), estaciones, terminales y servicios de larga distancia automotores y ferroviarios», señaló el comunicado.

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