Qué leyes protegen la exposición de niñas y niños en Argentina

La Defensoría del Público detalló a Télam cuáles son las principales leyes y recomendaciones que en nuestro país protegen a niñas y niños de ser expuestos y que se vulneren sus derechos en los medios de comunicación y publicidades:

-La ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes incorporó el principio general del interés superior establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño, y lo define como la máxima satisfacción integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidas en esta ley. Al respecto, el artículo 3° establece que “cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros». Asimismo, el artículo 9° establece el derecho a la dignidad y a la integridad personal de las niñas, niños y adolescentes, entendiendo el derecho a la dignidad como sujetos de derechos y personas en desarrollo, a no ser sometidos a trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante, intimidatorio. Es decir, las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a su integridad física, sexual, psíquica y moral. Y el artículo 22° de la misma ley reconoce a las niñas, niños y adolescentes el derecho a ser respetados en su dignidad, reputación y propia imagen.

-En cuanto a los medios de comunicación, la ley 26.522 en el artículo 70 establece expresamente que la programación deberá evitar contenidos que resulten perjudiciales para la integridad de niños, niñas o adolescentes. Y en el artículo 71, que los contenidos  velarán por el cumplimiento de la ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres, y de la ley 26.061, sobre protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes así como de sus normas complementarias o modificatorias.

-También pueden encontrarse lineamientos y recomendaciones de la Defensoría del Público en: “Guía para el tratamiento mediático responsable de la niñez y la adolescencia”, “Recomendaciones para la cobertura responsable de situaciones de violencia contra niños, niñas y adolescentes” y “Recomendaciones para el cumplimiento del horario apto para todo público”. 

-Por su parte, el documento «Derechos del Niño y Principios Empresariales» elaborado por Save the Children, el Pacto Global de la ONU y UNICEF señala en su Principio 6 que existe una responsabilidad empresarial de “utilizar marketing y publicidad que respeten y apoyen los derechos del niño” a través de los medios de difusión y herramientas de comunicación y no refuercen la discriminación.

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